Se trata de las medidas que ya se venían implementando, en sintonía con el Decreto 235 del Gobierno nacional, que rige desde este viernes 9 y hasta el viernes 30 de abril.
El Gobierno provincial adhirió al Decreto 235/21 del Poder Ejecutivo Nacional, que desde este viernes 9 y hasta el próximo viernes 30 de abril establece restricciones como consecuencia del exponencial aumento de casos de coronavirus que se viene registrando en todo el país. Para eso, el Ministerio de Seguridad y Justicia en coordinación con las fuerzas provinciales y nacionales fortalecerán los controles en los accesos limítrofes y en la zona fronteriza con Paraguay, disponiendo más agentes y dispositivos tecnológicos.
A través del Decreto 792/21 la Provincia ratifica las medidas que ya se venían implementando en sintonía con las disposiciones nacionales, como la restricción de horarios de circulación y modalidades de funcionamiento de ciertas actividades, priorizando el mantenimiento de la presencialidad de las clases y la actividad económica; bloqueos focales donde se registren más de seis casos en un radio de 200 metros; monitoreo de aislamiento para las personas provenientes del exterior; solicitud de permisos de ingreso a la provincia a través de Tu Gobierno Digital; entre otras medidas específicas.
En todos los casos, se recuerda el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios: uso de barbijo o tapaboca, higienización permanente de manos y distanciamiento entre las personas.
Reuniones y Eventos: No están permitidos eventos públicos y privados en espacios cerrados, bajo cualquier modalidad o motivo, con la excepción de reuniones familiares de grupos convivientes en domicilios particulares y eventos en espacios abiertos pero hasta 20 personas.
Disposición Especial: las empresas del Estado prestadoras de servicios públicos estarán facultadas a interrumpir el servicio en aquellos inmuebles en los que, además de incumplir con la restricción de eventos, se registren irregularidades o alteraciones en la declaración de categoría de usuario o en la potencia declarada. El Ministerio de Seguridad y Justicia será el organismo de contralor, que notificará a la empresa prestataria la infracción cometida, identificando el responsable y la ubicación del inmueble. La reconexión del servicio se hará efectiva una vez que se acrediten las sanciones o multas aplicadas.
Casinos, cines, centros comerciales: La actividad se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada.
Gastronomía, restaurantes, bares: Se permitirá la permanencia de personas, en grupos reducidos con distanciamiento social, con limitación de capacidad, desde las 8 hasta las 00.
Gimnasios, actividades físicas y deportivas: Se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada, y no está permitida la presencia de público.
Iglesias, cultos, celebraciones religiosas: Se limitará hasta el 50% de ocupación de la superficie habilitada y no podrán durar más de 2 horas.
Restricción de circulación: Se ratifica la restricción total de circulación de personas entre las 00 y las 6 de cada día, con excepción de aquellas personas que deban ejercer su trabajo, por tareas esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.
Permisos de ingreso y circulación: Se dispone la obligatoriedad del Permiso de Ingreso a la provincia, gestionado a través de Tu Gobierno Digital.
Transporte: Para el área metropolitana del Gran Resistencia la capacidad de ocupación habilitada será del 100% de pasajeros sentados en cada unidad, en el horario de de 5 a 00. No está permitido el traslado de pasajeros parados. Además se establece la obligatoriedad para las empresas del transporte público, de fortalecer las frecuencias del servicio en los horarios pico…