Las restricciones y habilitaciones, que regirán desde este lunes 29, podrán ser modificadas de acuerdo a la evolución epidemiológica, de los indicadores y según la regulación que fije la Cámara de Diputados. Se mantiene la máxima restricción en las localidades críticas: Resistencia, Fontana, Barranqueras, Puerto Vilelas y Sáenz Peña.
El gobernador Jorge Capitanich firmó este domingo el decreto 756/2020 que establece la extensión del aislamiento social preventivo obligatorio (ASPO) en las localidades críticas hasta el viernes 24 de julio, con medidas que podrán ser modificadas de acuerdo a la vigilancia epidemiológica y los indicadores sanitarios. La regulación en los municipios no críticos, dependerá de cada autoridad municipal. Las medidas entran en vigencia desde este lunes 29 de junio.
El nuevo documento, ratifica y prorroga las medidas dispuestas por el decreto Nº 732/2020 y además, dispone que las restricciones y habilitaciones podrán ser modificadas de acuerdo a los indicadores sanitarios y de seguridad pública.
Los indicadores son: tasa de duplicación de días, tasa de contagios, R0, etapas de propagación según método BID, indicadores sintéticos de seguimiento y monitoreo de contactos estrechos y casos positivos confirmados, y la regulación que dicte la Cámara de Diputados respecto al receso administrativo, legislativo y judicial.
La circulación de personas estará permitida únicamente para quienes cuenten con el permiso provincial por actividad exceptuada, o bien, para quienes hayan tramitado turnos para realizar alguna actividad o trámite puntual. Los turnos pueden gestionarse a través de la web turnos.chaco.gob.ar.
Además, continúa vigente el operativo Volver a casa. La solicitud de turnos puede realizarse mediante whatsapp enviando el mensaje @chaco volveracasa al número +5491162730000
Qué medidas se mantienen
Las localidades con máxima restricción de circulación continúan siendo Resistencia, Fontana, Barranqueras, Puerto Vilelas y Saenz Peña. Se mantiene la suspensión de eventos culturales, sociales, deportivos, religiosos y aquellos que impliquen aglomeración de personas
Continuarán las restricciones de ingreso y egreso a la provincia con control en los nueve puntos limítrofes provinciales. Se prolonga el asueto administrativo con guardias mínimas, excluyéndose las áreas consideradas críticas o esenciales
Se mantiene la suspensión del transporte público de pasajeros, interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo en el caso de personal de salud, que seguirán contando con transporte especial, exclusivo y gratuito para quienes se desempeñen en el Hospital Perrando.
En cuanto a la circulación de personas, automotores y motovehículos, estará permitida sólo para quienes cuenten con permiso provincial de circulación para la realización de las actividades habilitadas y exceptuadas.
Además, se mantendrán sólo cuatro puntos habilitados para el acceso a la ciudad de Resistencia: A. Sarmiento, Ruta Nicolás Avellaneda y Sabín, Ruta 11 y Av. 25 de Mayo y Ruta 11 y Av. Alvear.
En cuanto a la actividad bancaria, los bancos de toda la provincia atenderán con turnos preasignados en la página Web de cada entidad.
Las actividades comerciales habilitadas de industria y servicios son:
Estaciones de servicio de combustible, supermercados, autoservicios, panaderías, almacenes y farmacias.
Los taxis y remises que prestan servicios en el Gran Resistencia continúan habilitados para circular únicamente con servicio puerta a puerta, de 6 a 18 horas, con no más de dos pasajeros a bordo. Los pasajeros también deberán contar con permisos de circulación o turnos correspondientes.
Hoteles, hosterías, residenciales y hoteles alojamiento solo se habilitan para alojamiento de personal médico, aislamiento o servicios esenciales en el contexto de pandemia.
Fabricación, procesamiento, distribución y comercialización de productos alimenticios y bebibles, de limpieza, higiene personal, hospitalarios y médicos.
Atención médica, odontológica, laboratorios bioquímicos, ópticas, y profesionales de la salud inclusive kinesiólogos, fisioterapeutas.
Fabricación y provisión de insumos para distribución y empaque de productos alimenticios, bebidas, perfumerías.
Servicios de comunicación, audiovisual y de telefonía, (con reducción de capacidad instalada).
Veterinarias y Pet Shops.
Obras públicas y privadas autorizadas por Municipio local.
Empresas de seguridad y vigilancia, servicios fúnebres y salas velatorias.
Servicios técnicos, mantenimiento y administrativo de apoyo de Empresas estatales prestadoras de servicios públicos.
Corralones, venta de materiales de construcción, ferreterías y afines vinculados a la venta de materiales de construcción.
Actividad agropecuaria y forestal.
Agencias de Lotería.
Bares, restaurantes: sólo podrán funcionar bajo la modalidad de delivery y/o retiro del local sin permanencia en el mismo hasta las 1 hs.
Por otra parte, las actividades comerciales y de servicio no esenciales funcionarán bajo la modalidad de delivery en horario de 8 a 20 hs. Los permisos podrán ser solicitados en: