· 

Sager destacó la Ley de Biocombustibles como un avance para asegurar un menor uso de combustibles fósiles

 

El presidente del Poder Legislativo, Hugo Sager celebró la sanción de la Ley 3149-R que autoriza al Ejecutivo Provincial a designar vía reglamentación a la autoridad de aplicación de la Ley 2887-R (Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentable de Biocombustibles).

El diputado destacó la importancia de la iniciativa que se enmarca en las competencias y funciones que se asignen en la Ley 3108-A (de Ministerios), promovida por el Gobierno provincial, que fue previamente analizada por la Comisión de Industria de la Legislatura.

Al referirse a la Ley provincial sobre el régimen, aseguró que “esta legislación establece que las empresas deberán utilizar un porcentaje de biocombustible para la prestación de los servicios públicos de transporte de pasajeros dentro de la provincia del Chaco”.

El titular de la Cámara de Diputados afirmó que “esta ley no sólo garantiza el abastecimiento al transporte público de la provincia, sino que la expansión de su uso se sustenta en la necesidad de reducir la utilización de combustibles fósiles, tanto por razones económicas como ambientales”.

“En la sesión dimos muestra de responsabilidad y predisposición para que el Ejecutivo pueda avanzar hacia el mejoramiento del sistema de transporte público”, concluyó Sager.

En el país, todo combustible comercializado debe contener, por lo menos, un 5% de biocombustible en su mezcla, según fue dispuesto desde el año 2010 por la Ley Nacional Nº 26.093 que creó el régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles.

 

El presidente del Poder Legislativo, Hugo Sager celebró la sanción de la Ley 3149-R que autoriza al Ejecutivo Provincial a designar vía reglamentación a la autoridad de aplicación de la Ley 2887-R (Régimen de Regulación y Promoción para la Producción y Uso Sustentable de Biocombustibles).

El diputado destacó la importancia de la iniciativa que se enmarca en las competencias y funciones que se asignen en la Ley 3108-A (de Ministerios), promovida por el Gobierno provincial, que fue previamente analizada por la Comisión de Industria de la Legislatura.

Al referirse a la Ley provincial sobre el régimen, aseguró que “esta legislación establece que las empresas deberán utilizar un porcentaje de biocombustible para la prestación de los servicios públicos de transporte de pasajeros dentro de la provincia del Chaco”.

El titular de la Cámara de Diputados afirmó que “esta ley no sólo garantiza el abastecimiento al transporte público de la provincia, sino que la expansión de su uso se sustenta en la necesidad de reducir la utilización de combustibles fósiles, tanto por razones económicas como ambientales”.

“En la sesión dimos muestra de responsabilidad y predisposición para que el Ejecutivo pueda avanzar hacia el mejoramiento del sistema de transporte público”, concluyó Sager.

En el país, todo combustible comercializado debe contener, por lo menos, un 5% de biocombustible en su mezcla, según fue dispuesto desde el año 2010 por la Ley Nacional Nº 26.093 que creó el régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles.