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CORONAVIRUS: EN LAS SIETE LOCALIDADES QUE CONFORMAN LA “ZONA CRÍTICA” CONTINÚA EL AISLAMIENTO ESTRICTO

 

Son las ciudades con casos activos y circulación viral. Se mantienen restricciones para todas las actividades que impliquen aglomeración de personas. Las habilitaciones son por turnos y con estrictos protocolos de bioseguridad. 

 

Este miércoles comenzó a regir la cuarentena administrada por zona, a través del Decreto Provincial 540/20 que divine a la provincia en tres zonas según los niveles de riesgo, la densidad poblacional y la cantidad de casos diagnosticados de coronavirus. De esta manera se avanza en la tercera fase del aislamiento preventivo y obligatorio.

La zona de riesgo Crítico se determinó a base de casos activos, con circulación viral, comunitaria o de contacto, y con una alta densidad poblacional (más de 50 mil habitantes). En esta clasificación se encuentran Puerto Bermejo, Las Palmas, Isla Del Cerrito, Resistencia, Barranqueras, Fontana y Puerto Vilelas.

En las siete localidades del Chaco que se encuentran en zona critica se mantienen restricciones para todas las actividades que impliquen aglomeración de personas y las habilitaciones son con protocolos de bioseguridad.

Las habilitaciones se flexibilizarán en sectores de barrios fuera del macrocentro y zonas periféricas. El porcentaje de población involucrada en el desarrollo de estas actividades como excepción no puede superar el 50 por ciento y seguirá siendo restringida por horarios, con medidas de circulación vehicular por día y por patentes, y protocolos estrictos para circulación en el micro o macrocentro de las ciudades.

 

Habilitaciones: hoteles, construcción, 

profesionales, peluquerías

En el caso de los hoteles, se permitirá el alojamiento de personas que requieran por recomendaciones médicas o que presten servicios esenciales. En el caso de los lavaderos, desempeñarán sus labores con asignación de turnos.

Los servicios profesionales trabajarán con reducción horaria, por turnos y sin salas de espera. Por último, las peluquerías, barberías y afines, dispondrán de una habilitación de municipio local por asignación de turnos.

En cuanto a ladrillería, albañilería y pinturería, se habilitarán como actividades complementarias a la obra pública y privada especialmente habilitada. En cuanto a la obra privada, se reactivarán en forma progresiva, iniciándose con no más de 25 proyectos simultáneos. Tendrá un horario reducido de 7 a 14, cantidad de obreros reducidos en turnos rotativos, sin uso de transporte público, más una suspensión de tareas cada 3 horas para la higienización de ambientes y personal.

Transporte, estaciones de servicios y gomerías

En cuanto al transporte urbano de pasajeros, se mantienen las restricciones anteriormente establecidas, con reducción de cantidad de pasajeros, frecuencias y adecuación de recorridos.

Las restricciones también son para los transportes de carga, que no podrán realizar paradas en la provincia salvo en lugares de descanso y estaciones habilitadas.

Los paradores en ruta (estaciones de servicio, comedores, gomerías) deberán agilizar la operatoria para que una sola persona por turno atienda a los transportistas y personas exclusivamente e implementar combos, paquetes o packs de productos de consumo habitual que sean despachados rápidamente y con las medidas de higiene garantizadas. Podrán establecerse postas de reposición de combustible y descarga de bienes.

Además, continúa vigente la Alarma Sanitaria, a la que además se le suma un sistema de mensajes de texto que recuerda a las y los ciudadanos respecto a la vigencia de las restricción circulatoria en la provincia a partir de las 21 horas de cada día.

Respecto a las salidas diarias recreativas están permitidas para personas con discapacidades y un acompañante, siempre que sean breves y en el radio de 500 metros de sus domicilios. 

No habilitados

Continúa prohibido el ingreso y egreso de vehículos; con extremados controles en su micro y macrocentro.

Continúan suspendidas las clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades; la realización de eventos públicos y privados que implique la concurrencia de personas; centros comerciales, cines, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

Tampoco se habilitará el transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional ni las actividades turísticas; apertura de parques, plazas o similares.